infoinfusion 20 agosto, 2018 | Hace 5 años
El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por mayoría de votos, revocar la sentencia de la Sala Regional Monterrey (SRM) y las resoluciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE)
Los cómputos de entidad federativa de la elección de las senadurías de mayoría relativa y primera minoría por el estado de Nuevo León arrojaron como resultado que las fórmulas postuladas por los partidos Movimiento Ciudadano (MC) y Acción Nacional (PAN), respectivamente, se ubicaron en el primer y segundo lugar de la votación.
Un elemento importante de las demandas se refería al supuesto uso ilegal de las marcas y la omisión de reportar gastos de campaña.
El uso ilegal de las marcas consistió, entre otros elementos, en haber realizado modificaciones de las playeras deportivas del equipo de fútbol soccer denominado “Tigres”, agregando el logo, eslogan y “hashtag” de la campaña, así como el nombre y cargo de candidato.
Con esto, argumentaron los actores, el uniforme deportivo, junto con las imágenes que se publicaron en las redes sociales, pasó a ser un elemento más de propaganda electoral, que aprovechó empatía de la población con los equipos.
También se reportó el aprovechamiento de otras marcas, como “Star Wars”, “The Home Depot”, “Tecate”, “AFIRME”, “Telcel”, “Coca-Cola” o “Adidas”.
Al resolver los juicios SM-JIN-1/2018 y sus acumulados, el 3 de agosto, la Sala Regional Monterrey señaló que no estaba en aptitud de pronunciarse sobre el supuesto rebase de tope de gastos de campaña, ya que ello requiere de la resolución del INE en la que, de ser el caso, se acredite fehacientemente la irregularidad señalada.
Fuente: Excelsior