infoinfusion 21 marzo, 2019 | Hace 5 años
Por unanimidad, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los funcionarios públicos no pueden bloquear a ciudadanos de la red social Twitter, al considerar que es un canal de comunicación con éstos.
Por unanimidad, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los funcionarios públicos no pueden bloquear a ciudadanos de la red social Twitter, al considerar que es un canal de comunicación con éstos.
Lo anterior, luego de que el periodista Miguel Ángel León Carmona promovió un amparo en contra del fiscal general de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, quien lo bloqueó de su cuenta, lo que le impedía acceder a información que en esa red social publicaba.
“La justicia de la unión ampara y protege al quejoso en contra de la autoridad y el acto precisados”, señaló la sentencia.
Y es que tras haber sido bloqueado por el Fiscal, el periodista promovió un amparo, mismo que fue concedido por el juez decimoctavo de Distrito en Veracruz, al considerar que impedir el acceso a la información de su cuenta es un acto de autoridad que atenta contra los derechos a la libertad de expresión y de información.
Sin embargo, Winckler Ortiz impugnó la sentencia, pidiendo a la Corte la atracción del asunto.
De acuerdo con la ponencia del ministro Eduardo Medina Mora, al bloquear al periodista se viola su derecho a la información, pues la cuenta de Twitter del Fiscal da cuenta de acciones que lleva a cabo como funcionario público.
“Esta obligación permanecerá vigente incluso en el caso hipotético de que el ciudadano Jorge Winckler Ortiz ya no ocupe un cargo público, debido a que éste continuará ostentando el carácter de persona pública en términos de lo considerado en esta resolución”, añadió.
En tanto, la organización Artículo 19 calificó la resolución de la Segunda Sala como relevante.
“Por primera vez en México, en el ámbito jurisdiccional, se reconoce que el ejercicio y la protección de derechos humanos en el mundo real también debe aplicarse en el ámbito digital, de Internet y redes sociales, lo cual ya se había establecido por organismos internacionales”, destacó.
En un comunicado, refirió que la resolución de la Corte contribuye al escrutinio social al que están sujetos los servidores en plataformas como las redes sociales, en las que se robustece el flujo de información.
Por su parte, el fiscal escribió a través de Twitter que “como hombre respetuoso de las leyes y de las instituciones, daré inmediato cumplimiento a la sentencia de la SCJN”.
Fuente: El Economista