infoinfusion 27 marzo, 2024 | Hace 2 años
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha emitido un fallo declarando la ilegalidad del “mecanismo de seguimiento de las campañas electorales” promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Según los magistrados electorales, la CNDH carece de facultades para intervenir en asuntos electorales, lo que incluye el seguimiento de campañas políticas.
En una decisión unánime, los magistrados ordenaron a la CNDH detener la difusión del “Primer Informe sobre violencia política para la protección y defensa del Derecho a la Democracia”, considerando que este mecanismo no solo es ilegal sino que también contradice los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral.
Como parte de la resolución, la Sala Superior del TEPJF ha ordenado el retiro del mencionado informe del sitio web de la CNDH, destacando que la intervención de este organismo en temas electorales afecta la neutralidad e imparcialidad de los procesos electorales en curso.
Es importante señalar que durante la sesión donde se tomó esta decisión, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña enfatizó que el proyecto no busca coartar la libertad de expresión de la CNDH, sino que se pronuncia sobre la validez de un acto que impacta directamente en la materia electoral, subrayando la obligación de todas las autoridades, incluida la CNDH, de respetar las disposiciones constitucionales que prohíben su intervención en asuntos electorales.
La magistrada Janine Otálora Malassis también expresó su preocupación por los efectos negativos que pueden tener los pronunciamientos de órganos gubernamentales durante un proceso electoral, ya que pueden distorsionar la neutralidad e imparcialidad necesarias para garantizar elecciones libres y justas.
En este contexto, el TEPJF concluyó que la CNDH infringió el desarrollo adecuado del proceso electoral al implementar un mecanismo de seguimiento de campañas que no está dentro de sus competencias legales. La decisión del tribunal implica la invalidación del mencionado mecanismo y el retiro de todas las acciones derivadas del mismo que impacten en el ámbito electoral, con el objetivo de preservar la integridad y transparencia de los comicios en curso.