infoinfusion 28 junio, 2018 | Hace 6 años
A partir del primer minuto de este 28 de junio deberá suspenderse cualquier reunión o actos públicos de campaña, propaganda o proselitismo de las candidaturas a la Presidente de México, a gobernadores de estados, así omo Jefatura de Gobierno, diputaciones federales y de la Ciudad de México.
La autoridad electoral capitalina indicó que el periodo denominado como “veda electoral” está establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.
“La contravención a esta disposición será sancionada en los términos de la Ley Procesal”, señala el Artículo 396, el cual refiere que las campañas electorales deberán concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral.
“La llamada veda electoral es un periodo destinado solamente para que la ciudadanía se concentre en reflexionar y vea cuál es su opción política”, expresó Huesca Rodríguez.
Asimismo, durante este periodo, las autoridades del gobierno central y de las actuales jefaturas delegacionales deberán implementar las medidas necesarias para evitar el uso de recursos públicos a favor o en contra de partidos políticos o candidatos, previo y durante la jornada comicial.
¿Qué se prohíbe?
Y quien incumpla alguna de estas disposiciones será sancionado con base a lo que señala la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
Fuente: El Sol de México