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infoinfusion 22 noviembre, 2022 | Hace 3 años

Prisión preventiva oficiosa: SCJN reanuda discusión con nuevo proyecto

Este martes 22 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dará inicio a una nueva discusión referente a la figura de la prisión preventiva oficiosa. En la sesión de este mediodía, el ministro Luis María Aguilar Morales presentará ante los demás miembros del máximo tribunal del país, el nuevo proyecto que ha elaborado en la materia.

En esta ponencia, Aguilar Morales propone que el juez no aplique en automático esta medida cautelar, sino que analice caso por caso y determine si procede imponerla. En su primer proyecto, el ministro planteó, entre otros puntos, no aplicar el artículo 19 constitucional referente a la prisión preventiva de oficio, lo cual generó división entre los ministros. Tras ello, decidió retirar esa propuesta y elaborar una nueva. 

La nueva iniciativa del ministro propone ya no eliminar la figura, sino que plantea la reinterpretación del concepto de “oficiosidad” en un “sentido amplio y conforme a la Constitución federal”, esto anteponiendo el principio pro persona y de presunción de inocencia a fin de que la medida cautelar no sea considerada “automática”. 

De esta manera se busca que cuando una persona sea vinculada a proceso por haber cometido alguno de los delitos contemplados en el listado del artículo 19, el juez penal obligatoriamente propicie un análisis.

“Este análisis no implica que el juez pueda dictar la medida cautelar en forma automática o injustificada. Por el contrario, al tratarse de una medida cautelar que afecta severamente la libertad de las personas y la presunción de inocencia, el juez deberá asegurar que se abra el debate a las partes (…), dando participación al Ministerio Público y a la defensa para que aporten pruebas y rindan alegatos en torno a la procedencia de la medida cautelar”, reza el proyecto.

En este asunto también se propone invalidar la inclusión de contrabando y defraudación fiscal, así como el de expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados en el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa. Esto porque para Aguilar Morales, los “ilícitos fiscales no constituyen un atentado grave contra la seguridad de la Nación”.

PolíticoMx

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